MIEMBROS INSTITUCIONALES
Los
Miembros Institucionales y las Empresas, que tienen
un interés reconocido por las cuestiones internacionales
y la política exterior española, pueden
recibir una serie de prestaciones del INCIPE y contribuir
al mantenimiento de sus actividades a través
de un donativo anual.
Los
Miembros Institucionales (públicos y privados)
del INCIPE disfrutan de las siguientes ventajas:
- Reciben información
puntual de sus actividades (conferencias,
seminarios, mesas redondas, coloquios, desayunos
de trabajo...);
- Reciben las publicaciones
del INCIPE;
- Reciben la documentación de las
conferencias y seminarios organizados por
el INCIPE;
- Reciben la publicación Informe
Semanal de Estudios de Política
Exterior S.A.;
- Pueden consultar la biblioteca
y el Centro de Documentación del
INCIPE, previa petición ;
- Tienen atención preferente en
cuanto a las labores de asesoria y dictamen del
INCIPE;
Para
recibir todas estas prestaciones, y para contribuir
al mantenimiento del INCIPE, se ha establecido en 2005
una cuota anual de trescientos cincuenta
euros (350€), para
los residentes en España y de quinientos
euros (500€), para
los residentes en países miembros de la UE (otros
países consultar). La forma de pago preferente
es la domiciliación bancaria, para lo que se
adjuntan dos modelos a continuación, uno para
enviar a su Banco, y otro para enviar al INCIPE. Si
usted desea pagar a través de otro medio, por
favor envíe un mensaje a info@INCIPE.org,
o llame por teléfono a la señorita Natasha
al +34 91 445 58 47.
INFORMACIÓN
ECONOMICA Y FISCAL.- La Fundación INCIPE
fue constituida con fecha 19 de mayo de 1988 y fue reconocido
su carácter benéfico por el Protectorado
de Fundaciones Culturales mediante Orden ministerial
de 20 de junio de 1988 (B.O.E. 23-6-88). La Fundación
rinde cuentas anuales al Protectorado según establece
la letra e) del apartado 1 del artículo 30 del
Real Decreto 2631/82 de 15 de octubre, del Reglamento
del Impuesto sobre Sociedades.
Los
donativos a Fundaciones de carácter benéfico
o de utilidad pública legalmente reconocidas
son físicalmente deducibles, conforme a la Ley
49/2002 de 23 de diciembre sobre "Régimen
fiscal de las entidades lucrativas y de los incentivos
fiscales al mecenazgo".
A continuación, para
su comodidad, se incluye (1) modelo de domiciliación
para enviar al Banco, y (2) modelo de carta de inscripción
para enviar al INCIPE. Fax número : +34
91 445 74 89.Le rogamos que IMPRIMA en su ordenador
esos dos modelos y, una vez rellenados, los envíe
a la Secretaria del INCIPE.
Muchas gracias.